¿Cómo calcular el aguinaldo en 2023 y cuándo se debe dar?

El aguinaldo en un principio algunos patrones daban determinada cantidad de dinero a sus empleados por ser época navideña, pero no era obligatorio

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Aguinaldo en 2023_ ¿Cómo calcular cuánto recibiré y cuándo debe caer

Ya se viene la época de fiestas en México y con ello también la muy esperada llegada del aguinaldo para las y los trabajadores que se encuentran laborando. Hay que recordar que el aguinaldo es un derecho establecido en La Ley Federal del Trabajo que establece que todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año. Para aquellos quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.

Aquí te resolvemos las dudas más comunes que puedes encontrar a la hora de las preguntas sobre el aguinaldo:

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¿Cómo se calcula el aguinaldo?

De acuerdo con información del sitio oficial del Gobierno de México el monto mínimo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, a la parte proporcional a lo trabajado. Esto último se le dice también como aguinaldo proporcional que se refiere a la cantidad que te corresponde si es que has trabajado menos de un año.

Es importante saber que para calcular el aguinaldo es necesario tomar en cuenta tu salario actual y el tiempo que llevas trabajando con el mismo empleador.

¿Cuándo se cobra el aguinaldo 2023?

“Un aguinaldo deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo.” dice en el blog de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

¿Quiénes reciben aguinaldo en México?

Respecto a quienes tienen derecho de recibir aguinaldo en México son todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros. También aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores, etc.

Aquellos que trabajen por honorarios no serán acreedores a esta prestación a no ser que exista una una relación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón y cubriendo un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas; que reciba instrucciones de un superior inmediato y que tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento.

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